México, D.F. a 6 de febrero del 2012
A TODAS LA UNIONES, ASOCIACIONES
Y DELEGACIONES AFILIADAS A UNO,
COMISIONES DE RAZA Y TECNICOS CALIFICADORES:
Informamos a Ustedes, que la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); A través de la Coordinación General de Ganadería, nos reitera que:
a) Los identificadores Oficiales SINIIGA solamente han de ser distribuidos a través de los Técnicos Identificadores autorizados por el SINIIGA.
b) Se les informa que la entrega de identificadores se limita exclusivamente al criador en la UPP.
c) Se ratifica que mediante la Circular No. 00096 del 14 de mayo del 2009, a partir de esa fecha y para efectos de movilización se acepta el arete SINIIGA como método de Identificación oficial, siempre y cuanto estos estén debidamente asentados tanto en los dictámenes de TB y BR, según sea el caso, así como en la constancia de tratamiento garrapaticida y en el certificado Zoosanitario de Movilización.
Así también informa que cuando el ganado se encuentre Identificado con arete SINIIGA, este no sea reemplazado por otro tipo de arete ya que es una identificación oficial y permite la rastreabilidad del hato de origen.
Se anexan oficios enviados a delegaciones de SAGARPA.
ATENTAMENTE
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M.V.Z. JUAN
DE DIOS ARTEAGA |
DAGOBERTO LARA S. |
PRESIDENTE |
SECRETARIO |
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